Opinión

Se puede grabar la actuación de los Funcionarios Policiales

Por Óscar Hernández abogado investigador criminalista y Defensor de los Derechos Humanos.

Si bien es cierto nunca hubo una prohibición expresa de carácter formal para grabar la actuación de cualquier Funcionario Público a partir del siete de septiembre de 2022 , el Ejecutivo Nacional en Resolución conjunta de los Ministerios de la Defensa y del Interior Justicia y Paz, específicamente en su artículo 20  autoriza de manera expresa a cualquier ciudadano a registrar contenidos audiovisuales de la actuación Policial o Militar, es decir que cualquier ciudadano puede usar su teléfono celular y grabar cualquier procedimiento policial, de igual forma resalta el referido acto administrativo la prohibición de retener documentos personales o equipos celulares de los ciudadanos que hagan uso para realizar grabaciones .

Ahora bien; como siempre me hago una pregunta. ¿Por  qué no fue incluida está disposición en la última reforma del Código Orgánico Procesal Penal?

E incluso,  existe la propuesta, que los funcionarios llevarán obligatoriamente dentro de su dotación un equipo para grabar todos los procedimientos, de esta manera sería efectivo como elemento de convicción y para evitar el abuso o exceso policial o militar.

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