El pago de una multa no implica olvidar el debido proceso
Por Oscar Hernández abo-gado criminalista y defensor de derechos humanos

Es noticia reciente y en las redes sociales vimos como autoridades de La Guaira entregaron a los Funcionarios de la Policía del estado puntos de venta, para facilitar los pagos a los ciudadanos que son multados por la presunta infracción a la ley de convivencia ciudadana que rige en la entidad;
cabe destacar que el hecho de imponer una multa no supone que el presunto infractor deba pagar de inmediato porque se estaría violando el debido proceso y el derecho a la defensa que tiene el presunto infractor ejerciendo recurso por inconformidad de dicha multa, ahora pregunto:
¿Cuál es el régimen probatorio por parte del ente público para demostrar que un ciudadano es infractor? Por qué retienen los documentos del ciudadano para obligarlo a pagar esa multa de inmediato?
Los funcionarios policiales deben saber que en todo proceso penal, civil o administrativo se debe garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, también hay que tomar en cuenta que en materia de tránsito terrestre existe una ley orgánica con ámbito de aplicación Nacional y en ese sentido la ley de convivencia con ámbito local para regir en esa misma debe ser igual o mas garantista que la ley Orgánica.